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Avanza en el Congreso la iniciativa de Ley General contra el Feminicidio

23 jul
2 min de lectura

Patria MX

23 de julio de 2026



La Comisión Permanente del Congreso de la Unión recibió la propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para expedir la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Feminicidio. Tras la recepción del documento, la presidenta de la Mesa Directiva, Laura Itzel Castillo Juárez, turnó el proyecto a las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género, de Justicia y de Estudios Legislativos Primera del Senado.


El proyecto, publicado en la Gaceta Parlamentaria, está compuesto por 62 artículos y 12 transitorios, distribuidos en cinco títulos: Disposiciones Generales, Del Delito de Feminicidio, De la Investigación del Feminicidio, De los Derechos de las Víctimas y la Reparación Integral del Daño, así como De la Política del Estado.


Su propósito fundamental radica en homogeneizar el tipo penal en todo el país, eliminando las disparidades que actualmente existen entre los códigos penales de los distintos estados y garantizando el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.


La propuesta también se centra en el reconocimiento de que las diversas manifestaciones de violencia feminicida, que requieren respuestas institucionales diferenciadas, son las ejercidas en contra de niñas y adolescentes, mujeres con discapacidad, de identidad indígena, entre otras.


De igual manera, establece que incurre en este delito quien prive de la vida a una mujer por motivos de género. Entre los supuestos tipificados se incluyen la presencia de violencia sexual, lesiones o conductas degradantes, como el ahorcamiento o los ataques con ácido; la existencia de una relación de pareja o afectiva con el agresor; la privación previa de la libertad o la incomunicación; y la exposición o incineración de los restos en espacios públicos.


Para estas conductas se impone una condena de 50 a 70 años de cárcel y multas de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Dicha sanción podrá incrementarse a la mitad en caso de que se presente alguna de las 19 agravantes señaladas, tales como que la víctima sea menor de edad, embarazada, tenga discapacidad o sea de identidad indígena, o que el agresor realice actos para evitar su identificación. Adicionalmente, se prevé la pérdida de la patria potestad sobre los hijos en común y de los derechos sucesorios sobre los bienes de la víctima.


Finalmente, el proyecto regula la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones de la Ciudad de México. También reconoce la necesidad de dar respuestas diferenciadas según el perfil de la víctima y delinea las reglas de investigación, persecución penal y políticas públicas transversales que las autoridades deberán implementar de forma obligatoria para la prevención efectiva del delito.


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